El Derecho a la Insurrección, frente al Derecho del Sufragio

Publicado: 15/07/2020
Política
Constitución

“Unión de hecho” es el PODER REAL (SISTEMA DE GOBIERNO NEO NAZIFASCISTA OCLOCRATICO Y CLEPROCRATICO) "LA CLICA", que existen para transgredir nuestro ORDEN JURÍDICO CONSTITUCIONAL y ejecutar sus actos delictivos a través de las SUB CLICA. Esta “unión de hecho” es el que gobernó nuestro país desde 1990 imponiendo el NEOLIBERALISMO a través de un ANDAMIAJE ECONOMICO POLTICO JURIDICO (Normativo y Orgánico – Instituciones públicas y privadas –), paralelo a nuestro ESTADO SOCIAL DEMOCRATICO CONSTITUCIONAL DE DERECHO que le permitió apoderarse de $35,000,000,000.00 (Libro EL LIBRO NEGRO DE LA CORRUPCION de Salvador Arias) más el usufructo de deuda externa de $24,000,000,000.00 (Presupuesto General de la Nación) contra lo que la POBLACION ELECTORAL SALVADOREÑA (1, 434, 856 de electores salvadoreños), en el ejercicio legítimo del sufragio y del derecho constitucional de ejecutar la alternabilidad en la Presidencia de la República (Art. 88 Cn) eligió en dicho cargo al ciudadano NAYIB BUKELE.

En ese contexto tenemos una REALIDAD NACIONAL determinada por una PANDEMIA DE SALUD (2020) mas la posguerra de la PANDEMIA IDEOLÓGICA (1980) que en lo único que se parecen, ambas, es que han cambiado radicalmente nuestras estructuras más intimas como Estado de Derecho. PANDEMIAS que ya no está quedando duda alguna que han tenido una fuerte “dolosa” determinante internacional.

Al respecto me permito proponerle al PUEBLO SOBERANO SALVADOREÑO lo siguiente:

  1. Las “medidas de hecho” (formas modernas de “golpes de Estado”) a la única que beneficia es a la “CLICA” y a las “SUBCLICAS” que desesperadamente está tratando de evitar llegar al 28/F.
  2. Los salvadoreños debemos prepararnos como POBLACIÓN ELECTORAL para, este semestre preelectoral, resistir todas estas provocaciones para actuar “de hecho”; pues tenemos un Estado de Derecho que para los mismos efectos podemos actuar CONFORME A LEY, sin exponernos a que CLICAS y SUBCLICAS puedan crear condiciones de subsistencia; pues, democráticamente, el 28/F, estamos ya cerca de destruirlas.
  3. No debemos violar la presunción de inocencia de nadie con “procesos sumarísimos” tipo santa inquisición en que “al acusado tirémoslo al fuego que si se quema era culpable, si no se quema es inocente”. No debemos cometer errores históricos, pues recordemos como murieron 80,000 salvadoreños víctimas de los escuadrones de la muerte y de los guerrilleros que resultaron ser simples y vulgares delincuentes disfrazados de revolucionarios.
  4. Como ESTADO DE DERECHO, para destruir CLICA y SUBCLICAS, debemos continuar en nuestra ruta al 2021 pues podemos ejercer las acciones democráticas y jurídicas siguientes: a) El ejercicio del DERECHO DE INSURRECCIÓN que continuaremos publicando como ejercerlo con “efectos inmediatos” para la separación de una de las SUBCLICA en el ejercicio de sus funciones públicas; b) Continuar en la RUTA DEMOCRÁTICA ELECTORAL para el 2021 para que sea la POBLACIÓN ELECTORAL la que masivamente ejerza su derecho a destruir a CLICA Y SUBCLICAS únicamente a través del ejercicio masivo del voto como lo hizo el 03/F.